Preguntas Frecuentes sobre la Administración de Condominios en República Dominicana

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La administración de un condominio puede parecer sencilla… hasta que empiezan las dudas: ¿Quién debe cobrar las cuotas? ¿Qué pasa si hay morosos? ¿Quién decide si se cambia el portón eléctrico?

En este artículo te respondemos las preguntas más comunes sobre la administración de condominios en República Dominicana, basándonos en la práctica y en la Ley 5038.


🏢 ¿Qué es exactamente la administración de un condominio?

Es el conjunto de tareas que permiten que un edificio funcione correctamente:

  • Cobro de cuotas.
  • Mantenimiento.
  • Gestión de personal.
  • Asambleas.
  • Control de gastos.
  • Aplicación del reglamento.

⚖️ ¿Qué ley regula la administración de condominios en RD?

La Ley 5038 sobre Propiedad en Condominio, junto con artículos del Código Civil Dominicano.

Esta ley establece la figura del consorcio de propietarios y regula las funciones del administrador.


👥 ¿Quién elige al administrador del condominio?

El administrador debe ser elegido en asamblea, por mayoría de votos (según el reglamento interno).

Si no hay acuerdo, un juez de paz puede designarlo.


💼 ¿Puede una empresa administrar un condominio?

¡Sí! Muchas comunidades prefieren contratar empresas especializadas en administración de condominios que se encargan de todo: cobros, mantenimiento, informes, reuniones, etc.


🧾 ¿Cuáles son las funciones del administrador?

  • Cobrar cuotas y gestionar morosidad.
  • Pagar servicios y proveedores.
  • Supervisar personal (conserje, portero, limpieza).
  • Organizar y documentar asambleas.
  • Mantener el edificio en buen estado.
  • Representar legalmente al consorcio.

🧍‍♂️ ¿Puede un propietario ser el administrador?

Sí, si es aprobado por la asamblea. Sin embargo, en edificios grandes o con muchas responsabilidades, se recomienda una empresa externa profesional.


💰 ¿Qué pasa si un propietario no paga?

El administrador puede:

  • Notificar formalmente la deuda.
  • Aplicar recargos aprobados en el reglamento.
  • Llevar el caso a la justicia para inscribir un privilegio legal sobre la propiedad del moroso, según el artículo 18 de la Ley 5038.

📅 ¿Cuántas asambleas se deben hacer al año?

Al menos una asamblea ordinaria anual, para revisar el presupuesto, elegir cargos y aprobar informes.

Se pueden convocar asambleas extraordinarias para temas urgentes o puntuales.


📑 ¿Qué es el reglamento de condominio?

Es el documento que contiene las normas internas del edificio:

  • Uso de áreas comunes.
  • Horarios.
  • Mascotas.
  • Cuotas.
  • Sanciones.

Debe estar registrado y ser aprobado por la mayoría de propietarios.


🏦 ¿Debe el condominio tener una cuenta bancaria propia?

Sí. El consorcio debe tener una cuenta bancaria a su nombre, separada de cualquier cuenta personal, para garantizar transparencia en la gestión.


📉 ¿Qué pasa si no hay administrador?

Cualquier propietario puede acudir al juez de paz para solicitar que se nombre uno judicialmente.

Mientras tanto, la administración recae en todos los propietarios, lo cual suele generar desorganización.


🧠 ¿Por qué contratar una empresa de administración?

  • Porque conocen la ley.
  • Tienen experiencia profesional.
  • Usan sistemas automatizados de cobros y reportes.
  • Son neutrales ante conflictos.
  • Garantizan continuidad aunque cambie la junta.

En resumen:

La buena administración de un condominio no es un gasto, es una inversión en orden, transparencia y buena convivencia.

Tener claridad sobre estos temas ayuda a tomar mejores decisiones como propietario o miembro de junta.

En MARO CMP, somos especialistas en administración de condominios en República Dominicana.

Brindamos acompañamiento completo, legal y profesional para que todo funcione con tranquilidad.


📞 ¿Tienes más preguntas?

Contáctanos y estaremos encantados de ayudarte a gestionar tu condominio como se debe.

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