Muchas comunidades de propietarios en la República Dominicana no tienen claro que los condominios —aunque no generen lucro directo— sí están sujetos a obligaciones fiscales y formales.
Cumplir con estas disposiciones no solo es un requisito legal, también es clave para garantizar la transparencia y operatividad del condominio.
En este artículo te explicamos cuáles son las principales obligaciones tributarias y fiscales de un condominio, especialmente bajo un régimen de administración profesional.
🧾 ¿Un condominio paga impuestos?
Un condominio como tal no paga impuesto sobre la renta, ya que no se considera una empresa con fines comerciales. Sin embargo, tiene responsabilidades fiscales indirectas al:
- Contratar servicios o empleados
- Realizar pagos a proveedores
- Emitir facturas
- Llevar contabilidad formal
- Actuar como agente de retención en ciertos casos
✅ Principales obligaciones fiscales de un condominio
1. Registro del RNC (Registro Nacional del Contribuyente)
Todo condominio debe registrarse ante la DGII como persona jurídica sin fines de lucro para poder:
- Contratar legalmente proveedores
- Emitir comprobantes fiscales (NCF)
- Declarar retenciones
- Tener cuentas bancarias a nombre del condominio
✅ Este registro debe estar a nombre del condominio, no del administrador ni de un propietario.
2. Retención y declaración de impuestos a terceros
Cuando el condominio contrata servicios (ej. jardinería, mantenimiento, limpieza), está obligado a:
- Retener el 10% de ISR a personas físicas
- Retener el 18% de ITBIS en ciertos servicios facturados
- Declarar y remitir esas retenciones a la DGII usando formularios 606, 607, 608
🧑💼 Por eso, es clave que la administración esté al día con los reportes fiscales y la contratación formal de proveedores.
3. Pago de TSS si tiene empleados directos
Si el condominio contrata personal como porteros, vigilantes, conserjes o personal de mantenimiento, debe:
- Registrarse en la TSS (Tesorería de la Seguridad Social)
- Reportar mensualmente la nómina
- Realizar los pagos de seguridad social y riesgos laborales
📌 En algunos casos, se externaliza esto mediante empresas proveedoras con su propia nómina.
4. Contabilidad y reportes financieros formales
Aunque no tribute ISR, el condominio debe:
- Llevar registro de ingresos y egresos mensuales
- Presentar reportes financieros a la asamblea de propietarios
- Tener documentación respaldatoria de cada transacción
Esta práctica garantiza transparencia y protección legal en caso de auditorías, conflictos o cambios administrativos.
5. Declaración de donaciones o ingresos extraordinarios
Si el condominio recibe alguna donación, ayuda económica o ingreso no recurrente, debe declarar ese ingreso especial ante la DGII para mantener su estatus en regla.
⚖️ ¿Qué dice la Ley 5038?
La Ley 5038 sobre Condominios no especifica temas tributarios, pero reconoce a la administración como responsable de la gestión legal y financiera, lo que incluye el cumplimiento fiscal.
Por eso, se vuelve indispensable que los administradores estén actualizados y trabajen con asesores contables o fiscales.
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