¿Tienes un condominio? Entonces necesitas conocer la Ley 5038 (y por qué te conviene)

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Si vives en un edificio en Santo Domingo o cualquier otra ciudad de la República Dominicana, y compartes escaleras, pasillos y dolores de cabeza con tus vecinos, este post es para ti.

Hoy hablamos de la Ley 5038 sobre Condominios, esa ley que no muchos conocen, pero que regula prácticamente todo lo que pasa en tu edificio: desde quién paga qué, hasta quién manda a arreglar el ascensor cuando se daña (spoiler: no es el vecino del 4B, aunque él crea que sí).

¿Qué dice la Ley 5038?

Básicamente, esta ley permite que un edificio se divida en partes privadas (los apartamentos o locales) y partes comunes (todo lo demás: escaleras, pasillos, techos, etc.). Y a partir de ahí, establece cómo deben convivir los propietarios y cómo se organiza la administración del lugar.

Sí, gracias a esta ley podemos tener un administrador (o empresa de administración) que se encargue de todo lo que a nadie le gusta hacer: cobrar cuotas, lidiar con reparaciones, convocar reuniones y escuchar quejas de todo tipo.

¿Y por qué debería importarte?

Porque si tu edificio no está organizado bajo esta ley, todo se vuelve más complicado: los conflictos se resuelven como se puede, nadie sabe quién debe pagar qué, y la convivencia se vuelve una novela diaria.

Con la Ley 5038:

✅ Todos los propietarios tienen claro qué parte les toca pagar.

✅ Hay un reglamento interno que manda más que el grupo de WhatsApp.

✅ Se pueden tomar decisiones importantes en asambleas (¡con votos y todo!).

✅ Se elige un administrador que se encargue de poner orden y mantener el edificio en forma.

¿Y si eres administrador o manejas un edificio?

Entonces esta ley es tu Biblia. En nuestra empresa de administración de condominios en Santo Domingo, trabajamos con la Ley de Condominio como guía para que todo funcione como debe: cuentas claras, mantenimiento al día y cero dramas innecesarios.

Con la ley en la mano, cada quien sabe lo que le toca. No hay improvisaciones. Y si hay problemas, también está previsto cómo resolverlos, sin necesidad de convertir todo en un conflicto eterno.

En resumen

La Ley 5038 no es solo un montón de artículos legales. Es lo que permite que la vida en condominio sea más organizada, más justa y, seamos sinceros, más llevadera. Y si todos la aplicaran bien, seguro habría menos vecinos que se creen dueños del parqueo de visitas.


¿Te gustaría tener tu condominio bajo control y sin dolores de cabeza?

En MARO CMP nos encargamos de aplicar esta ley con cariño, claridad y mucha experiencia. ¡Llámanos y deja que nosotros nos ocupemos del desorden!

23 respuestas a “¿Tienes un condominio? Entonces necesitas conocer la Ley 5038 (y por qué te conviene)”

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  2. […] de “se me olvidó avisar”. Según la Ley 5038, hay que convocar con al menos 3 días de anticipación, por carta o aviso en periódico. Mejor […]

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  3. […] es donde la cosa se complica. Pero por suerte, la Ley de Condominio 5038 respalda su cumplimiento legal. Si el reglamento está debidamente registrado, es oponible frente a […]

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  4. […] Además, enviamos recordatorios, generamos reportes y aplicamos las reglas que establece la Ley de Condominio 5038 si alguien se pone creativo con los […]

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  5. […] Consejo: Actúa con firmeza, pero con respeto. La Ley de Condominio permite tomar acciones legales si hay […]

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  6. […] la Ley 5038 sobre Condominios, los reglamentos internos pueden y deben regular el uso de áreas comunes como la piscina. Eso le […]

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  7. […] Es una figura legal creada automáticamente desde el momento en que un edificio se acoge a la Ley 5038 sobre Condominios. […]

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  8. […] Y lo más importante: porque está respaldado por la Ley 5038 de Condominios de la República Dominicana. […]

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  13. […] la República Dominicana, donde la vida en condominio está regulada por la Ley 5038, tener el condominio registrado y con su cuenta bancaria propia no es un lujo ni una opción: es […]

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  17. […] Ley 5038 sobre Condominios establece que todo consorcio de propietarios debe contar con un administrador, quien representa […]

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  18. […] Si estás por construir o dividir un edificio por unidades independientes, debes saber que para operar bajo el régimen de propiedad horizontal necesitas registrar legalmente tu condominio según lo establece la Ley 5038 de la República Dominicana. […]

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  21. […] Tercerizar la administración consiste en contratar una empresa especializada que se encargue de todas las responsabilidades operativas, legales y financieras del condominio. Esta empresa trabaja para el consorcio de propietarios, siguiendo las normas del reglamento interno y cumpliendo la Ley 5038 sobre Condominios en la República Dominicana. […]

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